El Ayuntamiento de Íscar, desde la Concejalía de Cultura y Turismo, informa de esta nueva subvención de la Junta de Castilla y León.
La administración regional, convoca para el año 2021, en régimen de concesión directa, subvenciones destinadas a financiar parte del gasto de las personas físicas en el sector turístico de Castilla y León, que se alojen en establecimientos de alojamiento turístico que estén inscritos en el Registro de Turismo de Castilla y León y que cuenten con el sello Turismo de Confianza, a través del Bono Turístico denominado #DisfrutaCastillayLeón2021.
Se podrá solicitar desde el 30 de septiembre de 2021 hasta el 1 de marzo de 2022
El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará a las 9:00 horas del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León, y permanecerá abierto hasta el 1 de marzo de 2022 o hasta agotar el crédito disponible, si este hecho se produce con anterioridad a esa fecha.
CUANTÍA:
La cuantía de la subvención podrá ser desde 125 € hasta 420 €, en función de la modalidad de tarjeta elegida por el solicitante:
Modalidades y cuantía de las subvenciones (118 kbytes)
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Personas físicas mayores de edad, que dispongan de DNI o NIE en vigor, que se alojen, en algún establecimiento turístico de Castilla y León adherido al Bono turístico #DisfrutaCastillayLeón2021, y cumplan los requisitos.
¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?
Para obtener la condición de beneficiario deberán disponer de la capacidad y medios técnicos necesarios para la obtención y el uso del Bono turístico.
Los beneficiarios de estas subvenciones quedan sujetos a las siguientes obligaciones:
a) Realizar el ingreso de la parte que le corresponda, en función de la tarjeta solicitada, en el plazo máximo de 7 días naturales a contar desde el día siguiente a la notificación de la propuesta de resolución de concesión. El ingreso se realizará por transferencia bancaria en la cuenta de Caja Rural de Soria con número ES70-3017-9125-9824-7329-1520. Una vez finalizado el plazo citado sin que se haya realizado el ingreso, se entenderá que desiste de su solicitud de subvención. En el concepto de la transferencia se deberá indicar el DNI/NIE y el nombre completo del beneficiario de la subvención.
b) Realizar gasto con la tarjeta por el importe total de la misma. Si finalizado el plazo para realizar los gastos quedara saldo en la tarjeta se procederá de la siguiente forma:
- Si el saldo sobrante es inferior a la cuantía de la subvención, la entidad colaboradora revertirá automáticamente dicho saldo a la administración concedente.
- Si el saldo sobrante es superior a la cuantía de la subvención, la entidad colaboradora revertirá automáticamente a la administración concedente el importe total de la subvención, y devolverá el resto del saldo mediante transferencia bancaria al número de cuenta desde el que se efectuó el ingreso de la parte correspondiente al beneficiario.
c) Realizar al menos una pernoctación en alguno de los establecimientos adheridos a este Bono Turístico.
d) Para los beneficiarios de la tarjeta DISFRUTA, realizar el pago parcial o total del servicio de alojamiento a través dicha tarjeta.
e) Para los beneficiarios de la tarjeta DISFRUTA PLUS AGENCIAS, contratar los paquetes turísticos vinculados a este Bono a través de una de las Agencias de Viajes adheridas y realizar el pago de este servicio por medio de dicha tarjeta.
¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:
Serán subvencionables los gastos realizados en el plazo comprendido desde la recepción y activación de la tarjeta por el beneficiario y hasta el 31 de mayo de 2022, siempre que se realicen en establecimientos y actividades turísticas adheridas al Bono, y que se encuentren entre los siguientes:
Para la tarjeta DISFRUTA:
a) Los de alojamiento en cualquier tipo de establecimiento de alojamiento turístico que disponga del sello Turismo de Confianza. Estarán incluidos, además del gasto del servicio turístico de alojamiento, los gastos realizados en el establecimiento de alojamiento turístico que respondan a otro tipo de servicios, tales como desayuno, la comida, actividades vinculadas con la salud, uso de instalaciones deportivas, y cualquier otro que se preste por en el establecimiento turístico.
b) Los correspondientes a servicios prestados en los establecimientos de restauración (restaurantes, salones de banquetes, cafeterías y bares).
c) Los derivados de la realización de actividades de turismo activo a través de empresas de turismo activo.
d) Los correspondientes a la prestación de servicios de los guías oficiales de turismo.
Para la tarjeta DISFRUTA PLUS AGENCIAS:
e) Los derivados de la contratación de alguno de los paquetes turísticos ofertados para este Bono, realizados a través de una agencia de viajes de Castilla y León de entre las adheridas al Bono turístico.
¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO?
Solicitud telemática en modelo normalizado, una única por solicitante y convocatoria, acompañada de la siguiente documentación, previamente digitalizada y que se aportará como archivos anexos a la solicitud:
- DNI/NIE del solicitante y/o de su representante, en aquellos casos en los que se haya manifestado oposición a que la Administración acceda directamente y/o por medios telemáticos a dichos datos.
ORGANISMO:
LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN:
Electrónico:
SERVICIOS TURÍSTICOS ADHERIDOS A LA CAMPAÑA