AYUDA A PERSONAS TRABAJADORAS AFECTADAS POR EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO

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El Ayuntamiento de Íscar, desde la Concejalía de Industria y Comercio, comparte la siguiente ayuda dirigida a ayuda a personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo o de reducción de la jornada en situación de especial vulnerabilidad (2021)

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Personas trabajadoras que cumplan los requisitos establecidos.

¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?

  • Estar afectado por uno o varios expedientes de regulación de empleo de suspensión de contrato de trabajo o de reducción de la jornada y siempre que la afectación tenga lugar durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021.

  • También podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras con contrato indefinido fijo discontinuo, cuya actividad haya finalizado antes de lo previsto en su contrato, así como aquellos contratos que hayan sido interrumpidos o que se encuentren en período de inactividad productiva, a la espera de la llegada de la fecha en la que procederá su llamamiento y reincorporación efectiva, aplazada como consecuencia de un expediente de regulación de empleo de suspensión de contrato de trabajo o de reducción de la jornada, en los mismos términos que se recoge en el párrafo anterior.

 Requisitos «Ayudas ERTE VULNERABLES» (98 kbytes)

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:

Las ayudas tienen por objeto paliar el impacto económico y compensar la pérdida de poder adquisitivo de las personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo, de suspensión de contrato de trabajo o reducción de la jornada en situación de especial vulnerabilidad, incluidos los fijos discontinuos, en el ámbito de Castilla y León.

CUANTÍA:

  • La ayuda económica se establecerá como una cuantía fija, determinada por el intervalo al que el beneficiario pertenezca. Dicho intervalo se configura en función del número de jornadas completas de suspensión según el siguiente criterio:

  • Intervalo 1: Entre 40 y 55 días de jornadas completas de suspensión: 250 €

  • Intervalo 2: Entre 56 y 70 días de jornadas completas de suspensión: 333 €

  • Intervalo 3: Más de 70 días de jornadas completas de suspensión: 376 €

  • Las personas afectadas con contratos de trabajo a tiempo parcial, o con contrato de trabajo a tiempo completo con reducción de jornada que se vean afectadas con la suspensión del contrato de trabajo en una empresa, se procederá a la reducción proporcional

¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO?

La solicitud deberá cumplimentarse obligatoriamente a través del formulario disponible en la Aplicación informática.

Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y que se le haya asignado el número de referencia, deberá imprimirse para su presentación presencial o bien proceder a su presentación  telemática desde esta misma sede,  adjuntando los anexos y documentación exigida.

No se entenderá como presentada la solicitud cuyo formulario no se haya cumplimentado a través de la aplicación informática, y no lleve el número de referencia correspondiente.

 Documentación a presentar (100 kbytes)