SUBVENCIONES PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PERSONAS BENEFICIARIAS DE RENTA GARANTIZADA

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Subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a financiar la contratación temporal de personas beneficiarias de Renta Garantizada de Ciudadanía, por empresas y entidades sin ánimo de lucro (2020)

¿Quién lo puede solicitar?

  • Empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen actuaciones, servicios o actividades destinadas a integrar a personas en situación o riesgo de exclusión social en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.
  • Serán destinatarias las personas que, en el momento de iniciarse el contrato laboral tengan entre 16 y 64 años, y sean beneficiarias de la prestación económica de Renta Garantizada de Ciudadanía en el momento de celebración del contrato.
  • 13.500€ por contrato a jornada completa o parcial, este último siempre que sea igual o superior al 80% de la jornada ordinaria, de duración igual o superior a 9 meses, con independencia del salario que legal o convencionalmente corresponda al trabajador.
  • No obstante, dicho importe se reducirá proporcionalmente cuando la contratación no alcance el 100% de la jornada o cuando, no siendo inferior a 6 meses, no alcance el período de los 9 meses mencionado anteriormente.
  • También se reducirá en situaciones con derecho a retribución en las que no se presta el servicio como las ausencias o las incapacidades temporales, ni las recogidas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.3)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, solo se admitirá UNA por entidad con un único proyecto, dirigida al Gerente de Servicios Sociales, y acompañada de la siguiente documentación, previamente digitalizada y que se aportará como archivos anexos a la solicitud:

a) Copia del CIF del solicitante, cuando éste sea una persona jurídica.

b) En su caso, escritura de constitución o modificación, debidamente inscrita, en el Registro Mercantil, o en el Registro que corresponda según su naturaleza y estatutos sociales.

c) Declaración de concurrencia de ayudas, a efectos de su inscripción en el Registro de Ayudas, cuando el solicitante tenga la condición de empresa, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (DO L 352 de 24.12.2013), según el modelo disponible.

d) Memoria indicando el contenido de los empleos, el número de contratos a subvencionar, duración y fecha prevista de inicio de cada uno de los contratos. La memoria deberá incluir información suficiente para la verificación del cumplimiento de los requisitos de la convocatoria y de los criterios de adjudicación de las ayudas.

https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Ayuda012/1284985433460/Propuesta?utm_source=alertascontenidos&utm_medium=mail&utm_campaign=Ayuda