El Ayuntamiento de Íscar, te comparte desde la Concejalía de Industria y Comercio, esta información sobre las nuevas subvenciones de la Diputación de Valladolid para el apoyo al empleo y el fomento del autoempleo, año 2025.
Toda la información puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/818291)
Primero. Beneficiarios.
LÍNEA 1. Microempresas (incluidos los autónomos) y centros especiales de empleo de iniciativa social:
1º.- Que tengan su centro productivo o de trabajo en municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes.
2º.- Que estén empadronados en municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes.
3º.- Que la contratación suponga la creación neta de empleo sobre la plantilla media de la empresa de los últimos 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de la persona cuyo contrato se subvencione, sin que pueda contratarse a personal que con anterioridad a la fecha de presentación de solicitud estuvieran vinculados con la empresa
o autónomo de forma indefinida durante 1 año anterior a la incorporación.
Se exige la permanencia mínima de 1 año en el puesto de trabajo contratado de forma continuada, salvo en el caso de fijos discontinuos, donde se exigirá la permanencia mínima de 3 meses en el periodo de 1 año.
LÍNEA 2. Autónomos
1º.- Que estén dados de alta en el RETA o en la mutualidad correspondiente al Colegio Profesional al que estén adscritos a partir del 1 de julio de 2024, incluido, y que no hayan causado baja en el 1 anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
2º.- Que tengan su centro productivo o de trabajo en municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes. En el caso en el que no sea necesario un centro de producción o de trabajo para realizar la actividad, se considerará el domicilio social.
3º.- Que estén empadronados en municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes, en el caso que no sea necesario un centro de producción
o de trabajo para realizar la actividad.
4º.- Que presenten un PLAN DE EMPRESA que avale que la actividad a desarrollar es viable desde un punto de vista técnico, económico y financiero.
Se exige mantener el alta en el RETA o Colegio Profesional durante, al menos, 1 año desde la fecha de alta.
TODA LA INFORMACIÓN EN LA PUBLICACIÓN DE LA DIPUTACIÓN DE VALLADOLID