MODERNIZACIÓN DE LOS TALLERES ARTESANOS DE CYL 2024.
OBJETO:
La financiación de proyectos dirigidos a la modernización, la mejora de la gestión sobre la base de la innovación y la promoción de los establecimientos artesanos de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación, de acuerdo con los requisitos establecidos en las correspondientes bases y en la presente convocatoria.
A los efectos de la presente convocatoria se entiende por establecimientos de nueva creación aquellos para los que se obtenga el reconocimiento de taller artesano dentro del período subvencionable establecido en la misma, esto es del 1 de abril de 2023 al 31 de marzo de 2024, ambos inclusive.
BENEFICIARIOS:
– Tener la condición de PYME de conformidad con los requisitos establecidos (bases).
– Tener reconocida por resolución expresa la condición de taller artesano para el establecimiento para el que se solicita la subvención.
– La actividad para la cual se solicita la subvención deberá ser aquella para la que tengan reconocida la condición de taller artesano (hay exclusiones).
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
– Se presentará una única solicitud por establecimiento artesano, solicitud que podrá incluir una o varias de las categorías de gastos incluidas en el punto 3 del presente apartado.
– En el supuesto de que el proyecto se haya ejecutado y/o afecte a varios establecimientos artesanos de los que sea titular la empresa solicitante, se presentarán tantas solicitudes como establecimientos.
Su finalidad debe ser:
- La modernización y/o la mejora de la imagen del establecimiento artesano y/o su adecuación para el ejercicio de la actividad artesana.
- la implantación o la introducción de mejoras en su sistema de producción.
- su digitalización mediante la implantación o la introducción de mejoras en su sistema de gestión y/o de comercialización, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
- la participación en ferias.
- bien varias de las anteriores a la vez.
El proyecto ha de ejecutarse en o estar vinculado a establecimientos artesanos ubicados en Castilla y León.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Serán subvencionables los gastos que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar relacionados de manera indubitada con el proyecto objeto de la solicitud de ayuda y ser necesarios para su ejecución.
- Ejecutarse entre el 1 de abril de 2023 y el 31 de marzo de 2024, ambos inclusive, o, en el supuesto de la participación en ferias, ejecutarse antes del 31 de marzo de 2024 (inclusive) y corresponderse con ferias celebradas íntegramente dentro de este periodo o con ferias que, habiendo empezado con anterioridad, concluyan dentro del mismo.
- Encontrarse efectivamente pagados a la fecha de presentación de la solicitud de subvención y haber sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Los gastos tienen que estar sujetos a precios de mercado.
A los efectos de la presente convocatoria se entenderá como fecha de ejecución de un gasto la fecha de emisión de la correspondiente factura por los trabajos contratados o los bienes o servicios adquiridos… (Ver bases).
CATEGORÍAS DE GASTOS
Las obras e instalaciones de adecuación interior y/o exterior del establecimiento artesano, que afecten al acondicionamiento, la distribución, la protección y seguridad o la mejora de la imagen de este, especialmente las que faciliten el acceso y la compra a los clientes.
- La adquisición y/o instalación de rótulos en el exterior del establecimiento artesano, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo o similares y la adquisición e instalación de toldos.
- La adquisición y/o instalación y montaje de mobiliario, maquinaria y herramientas vinculadas al proceso productivo o a la actividad de venta. En el supuesto de las herramientas su coste individual debe ser superior a los 200 euros.
- El hardware, el software, el mobiliario y/o maquinaria tecnológicos y los servicios de apoyo necesarios para la implementación de herramientas o soluciones tecnológicas vinculadas con la gestión de la actividad (clientes, proveedores, automatización de operaciones, ciberseguridad, control de stock…), la comercialización (páginas web, tiendas online…), la mejora de la experiencia de compra en el entorno físico o digital (gestión de turnos, procesos de pagos, puntos de entrega inteligentes…) o la mejora del proceso productivo, o la introducción de mejoras en las herramientas o soluciones ya existentes.
Las herramientas y soluciones tecnológicas tienen que estar plenamente operativas a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
Para la participación en ferias:
- Los gastos de inscripción y de ocupación o alquiler del espacio y otros exigidos por la entidad organizadora.
- Los gastos de alojamiento, con un límite de 90 euros por cada día de participación.
En ningún caso tendrán la consideración de subvencionables las siguientes categorías (en las bases).
CUANTÍA:
La cuantía de la subvención, por cada establecimiento artesano para el que se solicite, será de un 75% del presupuesto aceptado, con los siguientes límites:
No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 500 euros.
El presupuesto máximo aceptado será de:
- Para la participación en ferias de artesanía de 5.000 euros.
- Para el resto de los gastos en su conjunto de 10.000 euros.
SOLICITUDES CON LA DOCUMENTACIÓN (BASES)
https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es
PLAZO DE 10 DÍAS HÁBILES DESDE QUE PRODUCE EFECTOS LA CONVOCATORIA
(La presente orden producirá efectos a los diez días hábiles desde la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León).
(*) BOCYL número 91 de 13 de mayo de 2024