El Ayuntamiento de Íscar, te comparte la siguiente información del Bono Nacimiento.
Se trata de una ayuda que concede la Junta de Castilla y León a las familias castellanas y leonesas con hijas e hijos nacidos o adoptados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, a través de una convocatoria abierta de subvenciones.
(Las familias con niños nacidos entre el 29 de noviembre y el 31 de diciembre de 2023 podrán solicitar el Bono Nacimiento, por estar todavía en plazo).
Las familias disponen de tres meses desde el nacimiento o la adopción para solicitar la ayuda o a contar desde la publicación de la convocatoria en el caso de los niños nacidos entre el 1 de enero de 2024 y dicha fecha de publicación (28 de febrero de 2024).
La cuantía del Bono Nacimiento variará en función del nivel de renta y del número de miembros de cada familia y se incrementará en el caso de discapacidad del recién nacido o adoptado. Además, se tendrán en consideración los supuestos de parto múltiple o adopción simultánea cuando esté justificado debido a los mayores gastos que supone a las familias esta situación.
CUANTÍAS DEL BONO NACIMIENTO
NIVEL DE RENTA HASTA 40.000 | NIVEL DE RENTA ENTRE 40.001 A 60.000 | NIVEL DE RENTA A PARTIR DE 60.001 | |
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1º HIJO | 1.500 € | 1.000 € | 500 € |
2º HIJO | 2.000 € | 1.500 € | 1.000 € |
3º HIJO Y SIGUIENTES | 2.500 € | 2.000 € | 1.500 € |
Estas cuantías se duplicarán cuando el menor nacido o adoptado tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
La ayuda del Bono Nacimiento será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, pero no con las deducciones por nacimiento o adopción de la cuota en el tramo autonómico del IRPF.
Corresponde a los interesados, en función de las circunstancias personales y familiares que concurran en cada caso, valorar si es más beneficioso solicitar el Bono Nacimiento (para lo cual se tendrá en cuenta el nivel de renta del ejercicio económico 2022) o aplicarse la deducción autonómica por nacimiento en la declaración del IRPF de 2024 (a presentar en 2025).
Para más información, acceda al siguiente enlace:
Estas ayudas tienen la consideración de rentas exentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
FINALIDAD DEL BONO NACIMIENTO
La finalidad de esta ayuda es subvencionar los gastos que supone a las familias la incorporación de un nuevo miembro, sea por nacimiento o por adopción, lo que se hará a través de una tarjeta prepago, la TARJETA FAMILIA que permite realizar compras destinadas a la adquisición de determinados bienes y servicios en los establecimientos comerciales de sectores definidos por la Gerencia de Servicios Sociales en Castilla y León.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL BONO NACIMIENTO?
Las familias en las que los progenitores de los menores nacidos o adoptados estén empadronados en Castilla y León de acuerdo con lo previsto en la convocatoria.
¿CÓMO PUEDO SOLICITARLO?
Desde la Sede Electrónica de Castilla y León a partir del día 29 de febrero de 2024, donde podrán acceder a la aplicación informática en la que deben grabar su solicitud. Allí encontraran la normativa que regula esta subvención y toda la información sobre los requisitos que deben cumplir los solicitantes, la documentación que deben aportar y toda la información sobre el Bono Nacimiento.
¿DÓNDE PUEDO VER LA RESOLUCIÓN?
En la Sede Electrónica de Castilla y León podrá consultar la última Resolución de bonos concedidos y bonos no concedidos.