El Ayuntamiento de Íscar, desde la Concejalía de Industria y comercio le informa de las siguientes ayudas de la Junta de Castilla y León.
Concesión directa, becas y ayudas de transporte, manutención, alojamiento y conciliación a que tengan derecho los trabajadores desempleados que participen en las acciones formativas del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, gestionadas por la Comunidad de Castilla y León.
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Becas para las personas desempleadas con discapacidad y para las mujeres víctimas de violencia género.
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Ayuda por transporte público y ayuda por transporte en vehículo propio.
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Ayuda de manutención.
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Ayuda por alojamiento y manutención.
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Ayudas a la conciliación: tiene por objeto permitir a las personas desempleadas conciliar su asistencia a la formación con el cuidado de hijos menores de 12 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado.
¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?
Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez días computado desde el día siguiente al de la finalización de la acción formativa o la baja justificada del alumno en la misma.
Si el alumno participa en más de una acción formativa del mismo plan o programa formativo podrá optar por presentar la solicitud de beca o ayuda en el plazo de un diez días computado desde el día siguiente al de la finalización de la última acción formativa en que haya participado o se haya producido la baja justificada del alumno en la misma.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN:
Presencial:
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Registros de la Gerencias Provinciales ECYL de la provincia en que se lleve a cabo la acción formativa.
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Oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Castilla y León.
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En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
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En el caso de que se optara por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.
Electrónico:
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Trabajadores desempleados que participen en acciones formativas del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral gestionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECYL).
¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?
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Tendrán la condición de personas trabajadoras desempleadas aquellas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León en el día de su incorporación a la acción formativa; en caso contrario no se tendrá derecho a las becas y ayudas.
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De igual forma, se interrumpirá el derecho a la percepción de la beca o ayuda si el trabajador deja de tener la condición de desempleado.
En el caso de la «Ayuda a la conciliación» las personas que quieran acogerse deberán cumplir las siguientes condiciones en el día de su incorporación a la acción formativa:
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a) Carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75% del «Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples» (IPREM). Se entenderá cumplido este requisito siempre que la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la componen no supere el 75 por ciento del IPREM. A estos efectos, computará como renta el importe de los salarios sociales, las rentas mínimas de inserción o las ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Comunidades Autónomas.
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b) Tener hijo/a/s y/o personas acogidas menor/es de 12 años o, en su caso, la dependencia del familiar hasta el segundo grado. En el supuesto de que el sujeto causante de la ayuda sea un familiar dependiente hasta el segundo grado, este se entenderá incluido en la unidad familiar para el cómputo de rentas.
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En ningún caso podrán percibir esta ayuda más de una persona por el mismo hijos/as menores y/o personas acogidas menores de 12 años o por el mismo familiar dependiente hasta el segundo grado.
CUANTÍA:
Las cuantías y tipos de ayuda a percibir por cada beneficiario, previa comprobación del cumplimiento de requisitos exigidos en convocatoria, serán los siguientes:
Cuantía y Tipos de Ayudas (129 kbytes)
¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO?
La solicitud de becas y ayudas se cumplimentará en el modelo normalizado del Anexo I. Adicionalmente, el modelo de solicitud estará disponible para el alumno a través del centro o entidad de formación donde se desarrolle la acción formativa. La entidad o centro de formación está obligada a proporcionar al alumno tanto el modelo de solicitud como la información suficiente y necesaria que facilite su cumplimentación.
La presentación de la solicitud implica la autorización al Servicio Público de Empleo de Castilla y León para poder recabar los documentos y datos necesarios. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente dicha autorización, debiendo entonces aportar la documentación que contenga dichos datos.
Documentación a presentar (138 kbytes)
ORGANISMO:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Órgano que resuelve:
PLAZO DE RESOLUCIÓN:
El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES, a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido el mismo sin haberse notificado resolución expresa podrá entenderse DESESTIMADA la solicitud presentada.