AYUDAS JCYL DESTINADAS AL ALQUILER JOVEN

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AYUDAS DESTINADAS AL ALQUILER JOVEN

 

Convoca u organiza:
Consejería de Fomento y Medio Ambiente
Fin del plazo:
8 de junio de 2017
Destinatarios:
1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente convocatoria las personas físicas mayores de edad, formen parte o no de unidades de convivencia, que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos: a) Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda, con mención expresa de su referencia catastral, formalizado, en los términos previstos en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en calidad de arrendatario. Si la vivienda es de protección pública, el contrato de arrendamiento deberá estar visado con carácter previo a la solicitud de la ayuda, por el Servicio Territorial de Fomento correspondiente. b) Que la vivienda arrendada constituya la residencia habitual y permanente del arrendatario, lo que se comprobará con el volante colectivo de empadronamiento, que acredite a fecha de presentación de la solicitud, las personas que tienen su domicilio habitual en la vivienda objeto del contrato de arrendamiento. c) Poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza, o el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación. En el caso de los extranjeros no comunitarios, deberán tener residencia legal, en España. d) Que los ingresos de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento, sean inferiores a 2,5 veces el IPREM corregido conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Orden FYM/764/2013, de 17 de septiembre, por la que se establecen los criterios para la determinación de los ingresos familiares en actuaciones en materia de vivienda en Castilla y León.
Información:
BOCYL del 08/05/2017